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lunes, 2 de noviembre de 2009

“EL DEFENSOR DE LOS DERECHOS DEL TELEVIDENTE”

RESUMEN

En el marco de las discusiones sobre programación televisiva, uno de los debates de mayor trascendencia se refiere a cuestionamientos en torno al contenido ofertado por las televisoras y a la influencia que posee dicho medio en la audiencia. La implementación de la figura del Ombudsman como mediador entre los televidentes y el medio constituye una iniciativa para promover la defensa de los derechos de los televidentes, cuidando la veracidad y confiabilidad de los contenidos programáticos a fin de garantizar que se respeten sus derechos comunicacionales. Esto contravendría a los criterios mercantiles que se han constituido en una especie de barrera entre los comunicadores sociales y la audiencia.

Palabras Claves: Ombudsman, televisión, educomunicación.


REWIEW

In the context of discussions about television programming, one of the most significant debates concerning questions about the content offered by the networks and the influence that environment has on the audience. The implementation of the post of Ombudsman as mediator between the viewers and the medium is an initiative to promote the rights of viewers watching the veracity and reliability of contents. This would contravene the commercial criteria that have constituted a sort of barrier between social communicators and the audience. This research presents a different vision of experiencing the communication process. His intention is directed to ensure compliance and enforce the rights of communication of the audience.

Keyword: Ombudsman, television, educomunication


EL DEFENSOR DE LOS DERECHOS DEL TELEVIDENTE

Keyling Toro.- El importante papel del comunicador y las exigencias de competitividad que privan en la actualidad requiere de la formación de profesionales que asuman un compromiso individual y social ineludible con el saber para potenciar su actividad comunicativa. El inicio de la acción general de dicha formación será posible si se cumple con una ajustada aplicación de estrategias que conduzcan hacia la toma de conciencia de su rol social lo que conllevará a una mejor actuación en el campo laboral de este profesional.

Proponer la figura del Defensor de los Televidentes para las cadenas de televisión que forman parte del Sistema de Medios Públicos venezolano implicará organizar de manera simplificada y creativa un adecuado manejo del proceso comunicativo en sus diversas manifestaciones. Esto significará un auténtico y eficaz punto de partida para desarrollar toda una serie de criterios, que exijan la precisión y determinación de nuevas actitudes por parte de los comunicadores sociales hacia el cumplimiento óptimo de sus deberes.

El defensor de los televidentes presenta una concepción diferente de experimentar el proceso comunicativo. Propone un nuevo esquema de participación que muestra a un comunicador capacitado para salvaguardar los derechos de los televidentes, educar a la audiencia a fomentar la criticidad e instruirla para que haga valer sus derechos comunicacionales y sus expectativas ciudadanas de una programación de calidad. Es necesario recalcar, que el profesional de la comunicación, de acuerdo a su rol en la dinámica social del país, requiere en su perfil profesional de una sólida formación humanística que le permita ser un individuo capaz de reflexionar y cuestionar esa realidad en la cual se desenvuelve.

Es así como la competencia comunicativa que debe tener el comunicador social adquiere relevancia si se toma en cuenta su misión dentro de la sociedad. Su función se enmarca dentro de la actividad informativa, instructiva y educativa del público. Es por ello, que tomando en cuenta que el término Ombudsman remite directamente al defensor del pueblo o del ciudadano, este ensayo pretende demostrar la importancia y beneficios que tendría la implementación de esta figura en medios audiovisuales.

La oferta programática televisiva

El vertiginoso auge de la televisión, concebida como institución viva en constante transformación, su penetración en los puestos de trabajo, en los centros de educación e investigación, en los hogares, y en general, en el entorno de la vida cotidiana, sugiere un análisis profundo sobre la oferta mediática que se le ofrece a la ciudadanía y sobre la influencia que tienen los comunicadores sociales en su rol de transmisores de conocimientos y fuentes de información garantes de veracidad.

En el marco de las discusiones sobre programación televisiva, uno de los debates de mayor trascendencia se refiere a cuestionamientos en torno al contenido transmitido por las televisoras y a la influencia que posee dicho medio en la audiencia. Este debate se ha abordado desde diversas perspectivas, una de ellas es la asunción mediática, Orozco, G (1997:94), quien alude las condiciones asimétricas de poder y al creciente despoder de las audiencias.

Este enfoque sirve como punto de partida para considerar los lineamientos que caracterizan a la institución del Ombudsman (Defensor del Ciudadano). Este término de origen escandinavo fue utilizado por el parlamento sueco en el año 1809 para designar a la persona que representaría los intereses de los ciudadanos y pondría límites al poder del rey en el manejo del Estado. Sus funciones se reservan a un individuo que actúa como vocero o representante de otra, que atiende quejas, maneja la conflictividad y busca soluciones justamente satisfactorias. Esta figura puede encontrarse en el gobierno, corporaciones, hospitales, universidades y otras instituciones.

La institución del Ombudsman en los medios de comunicación social es relativamente nueva. Se puede rastrear su génesis en 1922 cuando Japón establece un comité para recibir e investigar las quejas de los lectores. En 1938, el periódico de circulación masiva en Tokio, Yomiuri Shimbun, estableció un comité de redacción, a fin de supervisar la calidad del periódico. En 1951, este grupo se convirtió en un comité de Ombudsman que actualmente atiende las quejas de los lectores con respecto al periódico y se reúne diariamente con los directores. El primer Ombudsman de empresas en los Estados Unidos fue nombrado en junio de 1967, en Louisville, Kentucky, al servicio de los lectores de las publicaciones de The Journal. El primer nombramiento para audiencia fue en el periódico The Toronto Star en 1972.

Hoy día, la institución de los Ombudsman Hess de noticias se ha propagado por todo el mundo. En Venezuela, el 20 de abril de 1998, el medio impreso El Nacional, establece la figura de Ombudsman (Defensor de los Electores), en su faceta de consumidores de noticias, garantizando la calidad y equilibrio de la información, sobre el proceso electoral que acontecía en ese periodo. La experiencia tuvo gran aceptación y posteriormente, la figura se consolida en abril de 1999, como el Defensor de los Lectores, trabajando en dos grandes vertientes:

1.- La atención al lector a través de la recepción e investigación de casos sobre sus derechos vulnerados, en cuanto a calidad y equilibrio en la información.

2.- Ofrecer una amplia gama de servicios para formar un lector más crítico y a la vez sensibilizarlo con el proceso noticioso y los profesionales que lo ejecutan.

La oficina de Ombudsman de El Nacional brinda un servicio social y constituye un recurso de expresión para los usuarios (as), quienes son asistidos por un grupo de profesionales de la comunicación que trabajan para ofrecer una mejor atención y calidad de servicio a los lectores. Es así como editores, periodistas, y la directiva del diario, confían en el Ombudsman como un espacio de confrontación y discernimiento sobre el hecho noticioso.

En Venezuela, la experiencia de un Ombudsman audiovisual no se ha concretado. La aprobación de la Ley de Responsabilidad Social ofrece un contexto favorable para una iniciativa como esta, con mayores niveles de garantía, de participación democrática y de respeto a la pluralidad. Por ello, la inquietud de dar a conocer la necesidad que existe de instaurar la figura de un Ombudsman o Defensor de los Televidentes en las cadenas de televisión que forman parte del Sistema de Medios Públicos venezolano. Un mediador que se encargue de recibir e investigar las quejas de los televidentes, que garantice la exactitud, la imparcialidad, el equilibrio y buen gusto de la programación. Asimismo, que pueda actuar como intermediario entre la audiencia y la televisora (periodistas, jefe de información, grupo de redactores, editores, camarógrafos, directores, entre otros responsables o vinculados al manejo del contenido programático).

Las características del Ombudsman de la televisión pueden establecerse teniendo en cuenta las experiencias que ya existen y están consolidadas en las televisoras internacionales, las cuales se han caracterizado por proponer a un mediador capaz de identificar, entender y evaluar opciones para remediar conflictos, problemas, sugerir políticas equitativas, asegurar que los ciudadanos se sientan atendidos y canalizar, a donde corresponda, aquellas situaciones que se escapen de sus competencias. Estas funciones, contextualizadas a la realidad venezolana, podrían contribuir a que disminuya el grado de violencia, sexismo, discriminación y consumismo que caracteriza a la programación televisiva.

Los derechos comunicacionales de la audiencia: experiencia Latinoamérica

La temática del Ombudsman se ha abordado desde otras perspectivas. En Colombia en el diario El Tiempo y en Venezuela en el medio impreso El Nacional, se concibió un modelo que explica la figura de este Defensor como ente garante de salvaguardar los derechos informativos de los lectores. Su implementación aumentó de la credibilidad de ambos medios.

En este sentido, Roccatti, M (2001), en el artículo extraído de la revista Razón y Palabra titulado El Ombudsman: su impacto en los países latinoamericanos, señala que el auge que ha tenido la figura del Ombudsman en las naciones latinoamericanas se debe a la influencia de la experiencia española, debido al impacto del legado histórico que dicho país tiene en los pueblos latinos. Roccatti concibe al Ombudsman como figura relevante en la lucha contra la desigualdad social, como vehículo para que el ser humano logre alcanzar un desarrollo integral en cuanto a su mejora y calidad de vida.

En estas experiencias se sugiere la importancia de establecer una coherencia entre los principios generales relacionados con la profesión y los objetivos específicos de cada empresa. “Libertad” y “Responsabilidad” son palabras claves que deben definir la misión de las personas que se dirigen a un público; lo cual significa aplicar los principios de honestidad e imparcialidad, evitando cualquier tipo de mentira, rumores y aproximaciones.

El papel tradicional del Ombudsman se ha caracterizado por proteger los derechos del individuo, recibir quejas de partes agraviadas, para luego iniciar una investigación si la demanda tiene mérito. En las últimas décadas se han implementado nuevas instituciones encargadas de la protección y promoción de los derechos humanos, generalmente denominadas “Comisiones de Derechos Humanos”. Dichas comisiones coexisten en algunos países con un Ombudsman; tal es el caso por ejemplo de Canadá, Australia y Nueva Zelanda, lo que hace suponer que si bien responden a una misma preocupación ejercen funciones diferentes. Es así como el desarrollo de este aspecto, contribuye a ampliar el punto de los comités de usuarios establecidos en la legislación venezolana.

El trabajo de Kintto, L (2004) es particularmente importante porque está dedicado concretamente a la televisión. El autor, corresponsal de la Organización de Estados Iberoamericanos (OEI), en su artículo denominado Una propuesta para la TV ecuatoriana: El defensor del teleespectador plantea la importancia que tiene la producción televisiva ecuatoriana para ayudar a construir su identidad nacional para que el televidente pueda realizar una crítica de la realidad, partiendo de las experiencias cotidianas, que le permitan identificarse y apropiarse de los mensajes. Sin embargo, señala que en los últimos tiempos, los fundamentos a la hora de realizar producciones de TV, se caracterizan por caer en el amarillismo y folclorismo.

Una de las opciones que presenta Kintto, es la inclusión de un Defensor del Teleespectador, quien además de ayudar a mejorar la relación entre el público y “el aparato de TV que es, casi, uno más de la familia”, tendrá la responsabilidad de mejorar la calidad de la programación y propender al usuario (a) a una participación más activa.

El defensor del televidente en el marco de la legislación venezolana

Considerando la escasez de fuentes y la relativa novedad de la figura del Defensor del Televidente es vital recurrir a las experiencias impresas donde la figura es más frecuente. Indudablemente establecer una figura como el Defensor del Televidente supone unos consensos fundamentales y unos compromisos de las empresas comunicacionales de cierta complejidad. No obstante es importante considerar no sólo a la luz de la experiencia en el campo de los medios impresos el contexto de la nueva legislación que puede y debe servir como un marco ineludible para estudio y desarrollo de esta propuesta.

Tomando en cuenta esta fundamentación y adecuándola al contexto de la realidad mediática venezolana sería interesante analizar los tres aspectos definitorios que según Riboreau, G (2002:72), caracterizan al Mediador. El primero de ellos “embajador y recurso del público”, el segundo “estudioso de problemas surgidos” y el tercero “colaborador en el progreso de los comportamientos”. Estos criterios resultan acertados al momento de posibilitar la implementación de la figura del Defensor en medios de comunicación, en especial el televisivo, que concentra una variada gama de formas de representación para una figura de este tipo.

El planteamiento va más allá de considerar o confundir al Ombudsman con un profesor de ética, un abogado demandante y mucho menos un representante de poder o una jerarquía paralela. La idea supone instaurar una figura capacitada para desarrollar estrategias educomunicacionales que promueva la criticidad de los usuarios (as) ante el contenido programático ofertado.

La implementación de la figura del Ombudsman, desde una perspectiva general, ha sido entendida como una forma de anticipar y trabajar en la resolución de conflictos. La definición de Tripier, B (2002:92), señala que “es responsabilidad de este mediador identificar situaciones y problemas, recibir, investigar, dar respuesta y salida a quejas del público sobre los servicios”. Al hacer referencia al enfoque comunicacional el autor destaca que “su función debe estar fundamentada sobre la base de la libertad y la responsabilidad”, atendiendo a los principios deontológicos de legitimidad y credibilidad.

Con la aprobación de la Ley de Responsabilidad Social para Radio y Televisión, esta perspectiva se refuerza pues dicho estatuto legal establece nuevas formas de participación ciudadana donde la figura del Defensor del Televidente, percibida como recurso de expresión ciudadana, podría incidir en la elaboración, difusión y supervisión de la programación del canal a fin de contrarrestar y/o erradicar contenidos de violencia, agresión, sexismo, discriminación y pornografía. Ello redundará en la mejora y calidad de este importante servicio público.

Hacia la instauración del Defensor de los derechos del televidente

El auge que ha tenido la figura del Ombudsman en diversos temas y países, es muestra de la necesidad que existe de una figura que represente los intereses de los consumidores mediáticos. En el caso de la televisión, este representante pudiera ser vehículo para que el canal mejore su calidad en cuanto al contenido programático transmitido, garantice la parcialidad en el tratamiento informativo, el cumplimiento de los bloques horarios y demás elementos contemplados en la legislación venezolana.

Los medios de comunicación han tenido, tienen y tendrán un papel determinante en el comportamiento humano, por constituirse en un poder mediático. Ello debido a su influencia en la formación de conductas y creencias en las personas. n el caso de la televisión, el abuso y extralimitaciones de los periodistas y dueños de medios, queda justificado por alcanzar el rating y conquistar a la audiencia. Ello ha traído como consecuencia que se desvirtúe la labor periodística. Este profesional en su labor ha obviado los valores éticos, su responsabilidad social y la función formadora que deben poseer los medios.

Se concluye, que con la implementación de la figura del Ombudsman en medios audiovisuales del Estado, se contribuirá a rescatar el concepto del deber y del servicio público. En donde se conciba a la televisión como una institución viva, en la cual los periodistas sean representación clara de la formación cultural.

No se puede dejar a un lado la acción formadora de los medios y el manejo que en la actualidad se le ha dado a los contenidos programáticos. Esto será el punto de partida para que comunicadores sociales asuman un espíritu de responsabilidad y suscriban y afiancen su compromiso social.


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